1. Aceptación de los TCG por parte del Poseedor de una Entrada
Toda utilización de entradas (”Entradas”) para presenciar los partidos de la Copa Mundial de la FIFA Sudáfrica 2010 (”Evento”), así como las condiciones de admisión al estadio en que se disputa el partido del Evento (”Partido”), están sujetos a los siguientes Términos y Condiciones Generales (”TCG”), establecidos por la Fédération Internationale de Football Association a través de su subsidiaria sudafricana, 2010 FIFA World Cup™ Ticketing (Pty) Limited (colectivamente designados “FIFA”). Se considerará que toda persona que compre, posea o haga uso de una Entrada (”Poseedor de una Entrada”) acepta íntegra e irrevocablemente a la FIFA los presentes TCG.
2. Aceptación de los TCG
Además de lo indicado en la cláusula nº 1, al cumplimentar y enviar a la FIFA una solicitud de Entradas en línea (Internet) o impresa o mediante cualquier otro formulario emitido por la FIFA (o por un tercero autorizado por la FIFA) con el fin de adquirir productos de Entradas que incluyan Entradas (”Formulario de Solicitud de Entradas”), toda persona que solicite o pida Entradas (”Solicitante”) confirma que: (a) ha leído, entendido y aceptado los TCG, y (b) se compromete a que toda persona que (directa o indirectamente) reciba Entradas mediante el Solicitante de Entradas haya leído, entendido y aceptado los TCG antes de recibir las Entradas. Con esta finalidad, el Solicitante proporcionará una copia de estos TCG a las personas que reciban entradas a través suyo y remitirá a estas personas a las fuentes adicionales, especificadas más adelante en la cláusula 11.2, para obtener copias de los TCG.
3. Acceso al Estadio
3.1 Únicamente se permitirá acceso a un Estadio en día de Partido (”Estadio”), incluyendo las áreas bajo el control de las autoridades de la Copa Mundial de la FIFA, si la persona que desea acceder al Estadio, sea cual fuera su edad, presenta una Entrada válida.
3.2 Cada Entrada certifica que su Poseedor puede acceder al Estadio durante el día del Partido, certificación que pueden revocar en cualquier momento, cuando existan motivos fundados, la FIFA, el Comité Organizador Local de la Copa Mundial de la FIFA Sudáfrica 2010 (”COL”), el Centro de Entradas de la Copa Mundial de la FIFA Sudáfrica 2010 (”FWCTC”), la Oficina de Entradas de la FIFA (”FTO”), la dirección del Estadio y/o las entidades del Gobierno sudafricano responsables de la seguridad en los Partidos, y sus respectivos empleados, voluntarios, agentes, representantes, oficiales y directores (”Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA”).
3.3 Todo Poseedor de una Entrada debe cumplir las reglas de seguridad aplicables, adoptadas por las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA para los Estadios durante los días de Partido. Estas reglas vienen resumidas en el código de conducta a observar en los Estadios (”Código de Conducta en los Estadios”), publicado y disponible en las fuentes mencionadas en la Cláusula 11.2 (a continuación). Entre los objetos que las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA pueden prohibir en cualquier momento, conforme al Código de Conducta en los Estadios, figuran, entre otros, armas de todo tipo, o cualquier objeto que pueda usarse como arma, fuegos artificiales, bengalas u otros artículos pirotécnicos, material comercial o artículos similares que pudieran violar los derechos de la FIFA relativos al Evento, y cualquier objeto que pueda comprometer la seguridad pública y/o dañar la reputación de la Copa Mundial de la FIFA Sudáfrica 2010, como queda recogido en el Código de Conducta en los Estadios. El Código de Conducta en los Estadios debe ser leído detenidamente antes de acudir al Partido.
3.4 Las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA tendrán el derecho de someter a un control a cualquier Poseedor de una Entrada. Cualquier Entrada puede invalidarse o declararse nula y se podrá negar el acceso al Estadio a cualquier persona en las siguientes circunstancias o se le podrá negar el acceso al Estadio o expulsarse de él al Poseedor de una Entrada, si este:
a) obviamente se encuentra bajo los efectos del alcohol, sustancias narcóticas u otras substancias que modifiquen el comportamiento;
b) presenta o puede llegar a presentar una conducta violenta, perjudicial o susceptible de perturbar el orden público o que resulte molesta a otros Poseedores de Entradas;
c) incumple las condiciones de estos TCG, el Código de Conducta en los Estadios o el Reglamento de Venta de Entradas (”Reglamento de Venta de Entradas”), encontrándose los documentos anteriormente citados disponibles en las fuentes mencionadas en la Cláusula 11.2, o si infringe cualquier ley o disposición relevante.
3.5 Tendrán prohibido recibir Entradas o entrar o permanecer en el Estadio aquellas personas desautorizadas a asistir a Partidos de fútbol por las autoridades competentes o por organismos rectores del deporte de cualquier país, o que se consideren un riesgo para la seguridad.
3.6 Los Poseedores de Entradas que salgan del Estadio no serán readmitidos, a menos que la FIFA apruebe lo contrario.
3.7 Cada Entrada está numerada y corresponde a una plaza específica. Cada Poseedor de una Entrada habrá de sentarse en el asiento asignado en la Entrada. Las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA se reservan el derecho de reemplazar la plaza especificada en la Entrada por otra, cuando resulte conveniente por motivos de seguridad, sin indemnizar al Poseedor de dicha Entrada.
3.8 Las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA no pueden garantizar:
a.) que un determinado jugador participe en un Partido; o
b.) la duración de un partido; o
c.) que el Poseedor de una Entrada vea el partido sin interrupciones y/o obstáculos desde el asiento asignado. Las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA realizarán esfuerzos razonables para identificar las plazas con un campo de visión obstruido antes de ponerlas a la venta.
4. Limitaciones relativas a la Transferencia de Entradas
4.1 Los Poseedores de Entradas no pueden vender, ofrecer a la venta, revender, donar o transferir su Entrada sin haber obtenido previamente y por escrito el correspondiente consentimiento de la FIFA. Las solicitudes de transferencias se considerarán de acuerdo a la Política de Transferencia de Entradas definida por la FIFA, disponible en www.FIFA.com. Los motivos para limitar las transferencias de Entradas guardan relación con (a) la seguridad del Evento, (b) la protección del espectador, y (c) la igualdad en términos económicos, como se describe detalladamente en www.FIFA.com.
4.2 Las Entradas únicamente podrán adquirirse con la FIFA o a través de los agentes oficialmente autorizados. Las Entradas obtenidas por medio de otras fuentes (p.ej. intermediarios no autorizados como corredores de entradas, subastas en Internet o agentes de entradas en Internet) serán invalidadas, anulándose así el derecho de acceso al Estadio. Dichas Entradas se anularán por vía electrónica, o por otros medios, y a toda persona que intente usar una Entrada de esta índole, obtenida por medio de fuentes no autorizadas, le será denegada la entrada al Estadio, será expulsada del mismo y/o las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA confiscarán su Entrada, sin agotar las medidas anteriores los recursos que tienen a su disposición las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA.
4.3 A petición de la FIFA, los Poseedores de Entradas deben explicar cómo, de quién, a cambio de qué contraprestación y dónde obtuvieron sus Entradas.
5. Grabación de Sonido e Imágenes
5.1 Los Poseedores de Entradas que asistan a un Partido aceptan explícitamente que este es un Evento público que se graba. En la extensión reconocida por las leyes vigentes, las personas que acudan a un Partido aceptan la posible utilización, a perpetuidad y sin coste o pago compensatorio alguno, de su voz, imagen, fotografía o similares, por medio de imágenes en vivo o grabaciones de vídeo, emisión o difusión por Internet (streaming) o de otro tipo de retransmisión o grabación, fotografías u otras tecnologías actuales y/o futuras de medios (conocidas en la actualidad o inventadas o diseñadas posteriormente), y consienten irrevocablemente que la FIFA, o terceros autorizados por la FIFA, empleen estos medios, usen la grabación de su voz, imagen, fotografía o similares. Todo Poseedor de una Entrada renuncia de antemano a todos los derechos y acciones que intenten oponerse a este tipo de uso, sujeto a las leyes vigentes. La FIFA y terceros autorizados por la FIFA a utilizar dichos medios acatarán y cumplirán todas las leyes aplicables relativas a cualquier utilización de estos medios.
5.2 Los Poseedores de Entradas únicamente pueden grabar o transmitir sonido o imágenes en movimiento o fijas o descripciones del Partido (resultados y/o estadísticas) para fines privados. Se prohíbe estrictamente la difusión de cualquier sonido, imagen fija o en movimiento, descripción, resultado o estadística del Partido, ya sea en su totalidad o parcialmente, que persiga la finalidad de hacerlas accesibles al público, independientemente de la forma de transmisión; ya sea por Internet, radio, televisión, teléfono móvil, soporte de datos accesorio o cualquier otro medio actual y/o futuro (conocido en la actualidad o inventado o diseñado posteriormente). Los Poseedores de Entradas no ayudarán a ninguna otra persona a realizar este tipo de actividades.
6. Prohibiciones relativas a la Mercadotecnia Parásita y otras actividades de Mercadotecnia
6.1. Los Poseedores de Entradas no deben participar en ningún tipo de actividad que pueda dar lugar a una asociación comercial no autorizada con la FIFA, el Evento o sus partes, en detrimento de la FIFA o sus afiliados comerciales, sea por utilización no autorizada de logotipos o por cualquier otro modo (”Mercadotecnia Parásita”).
6.2. En días de Partido, en los Estadios, queda terminantemente prohibido que los Poseedores de Entradas usen, vistan, posean o sujeten artículos y materiales promocionales o comerciales, o que ofrezcan a la venta, vendan o posean con la intención de vender bebidas, comidas, recuerdos, prendas de vestir y otros artículos promocionales o comerciales. Tales objetos serán retirados o confiscados por las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA.
6.3. Se prohíbe terminantemente a los Poseedores de Entradas que suministren cualquier tipo de servicios comerciales o que emprendan cualquier tipo de promoción comercial en el Estadio, a menos que cuenten con una autorización previa escrita de la FIFA.
6.4. Se prohíbe terminantemente a los Poseedores de Entradas que distribuyan folletos o información relativa a, o que de alguna forma canalice la atención hacia un negocio, causa, caridad o interés, ya sea de índole comercial o no, en el recinto del Estadio, sin previa autorización escrita de la FIFA.
6.5. Los Poseedores de Entradas no podrán usarlas para fines comerciales, tales como, pero sin limitarse a, promociones o actividades publicitarias, o su utilización como premio en competiciones, sorteos o apuestas.
6.6. No se permite la venta o utilización de las Entradas con fines comerciales, como parte de un paquete de turístico (p.ej. combinándolas con vuelos y/o noches de hotel) o como parte de un paquete de hospitalidad (p.ej. combinándolas con servicios de restauración antes o después del Partido y en proximidades del Estadio) sin previa autorización escrita de la FIFA.
7. Aceptación de Riesgos y Responsabilidad Limitada
7.1 EL POSEEDOR DE UNA ENTRADA ACEPTA, EN NOMBRE PROPIO Y EN EL DE LOS MENORES QUE USEN ENTRADAS ADQUIRIDAS POR ÉL, EN TODA LA EXTENSION CONTEMPLADA POR LA LEY VIGENTE, CUALQUIER RIESGO O PELIGRO QUE PUDIERA ENFRENTAR O SOPORTAR AL ASISTIR A UN PARTIDO, Y RENUNCIA A TODO RECLAMO RELATIVO A TALES RIESGOS Y PELIGROS QUE PUDIERA INTERPONER ANTE LAS AUTORIDADES DE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA.
7.2 CADA UNA DE LAS ENTIDADES PERTENECIENTES A “LAS AUTORIDADES DE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA” DESEMPEÑAN PAPELES Y ASUMEN RESPONSABILIDADES INDEPENDIENTES EN RELACIÓN CON EL EVENTO. NINGUNA AUTORIDAD DE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA HABRÁ DE ASUMIR LA RESPONSABILIDAD POR LOS ACTOS Y OMISIONES DE OTRA AUTORIDAD DE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA. CADA AUTORIDAD DE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA ES RESPONSABLE DE SUS PROPIAS ACCIONES Y OMISIONES.
7.3 NINGUNA CLÁUSULA DE ESTE ACUERDO AFECTA LOS DERECHOS QUE CONFIERE LA LEY A UN POSEEDOR DE UNA ENTRADA, COMO TAMPOCO EXLUYE O RESTRINGE LA RESPONSABILIDAD QUE DEBE ASUMIR UNA AUTORIDAD DE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA POR MUERTE O DAÑO PERSONAL COMO CONSECUENCIA DE UNA FALTA O NEGLIGENCIA GRAVE QUE HAYA COMETIDO, O POR CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD QUE NO SE PUEDA EXCLUIR O LIMITAR CON ARREGLO A LAS LEYES APLICABLES.
8. Indicaciones de las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA e Incumplimiento por parte del Poseedor de una Entrada
8.1 Por motivos de seguridad y para poder garantizar la ejecución ordenada y sin perturbaciones del Evento, el Poseedor de una Entrada debe acatar las indicaciones de las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA en el Estadio en jornadas de Partido. Cada Poseedor de una Entrada debe cooperar con las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA, cuando se le exija presentar una prueba de su identidad, o debe consentir que se le confisquen objetos prohibidos que pudieran encontrarse en su posesión mientras se encuentra en el Estadio.
8.2 Si se invalidara una Entrada, o cuando se deniegue el acceso al Estadio o se expulse del Estadio a un Poseedor de una Entrada por haber infringido los TCG, el Reglamento de Venta de Entradas, el Código de Conducta en los Estadios u otras leyes o disposiciones jurídicas, las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA, amparándose a las leyes vigentes en toda su extensión, no tendrán que abonar reembolso alguno.
8.3 En caso de violación de los TCG, el Reglamento de Venta de Entradas, el Código de Conducta en los Estadios u otras leyes o disposiciones jurídicas relevantes, además de otros derechos y recursos a disposición de las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA, ellas gozan del derecho de:
a) invalidar las Entradas de un Poseedor de Entradas;
b) denegar a un Poseedor de una Entrada el acceso al Estadio o de expulsarlo del mismo;
c) interponer una demanda para ejecutar los TCG y reclamar daños y perjuicios; y/o
d) notificar a las autoridades gubernamentales acerca de una violación de las disposiciones de los TCG, del Reglamento de Venta de Entradas, del Código de Conducta en los Estadios o de otras leyes o normas relativas que constituyan una infracción de normas penales o de otras leyes vigentes.
8.4 Además de las leyes aplicables en otros países, el Gobierno sudafricano puede promulgar leyes o normas según las que constituya delito penal transferir y/o usar Entradas incumpliendo los TCG, el Reglamento de Venta de Entradas, el Código de Conducta en los Estadios u otras leyes o disposiciones jurídicas relevantes. Se recomienda a los Poseedores de Entradas informarse sobre las leyes en vigor relativas a las Entradas.
8.5 Además de los recursos especificados en las cláusulas 8.2, 8.3 y 8.4, el Poseedor de una Entrada consiente que los ingresos u otras retribuciones recibidos de una transferencia no autorizada de Entradas se donen a una asociación caritativa escogida por la FIFA.
8.6 TODO POSEEDOR DE UNA ENTRADA ES RESPONSABLE, SEGÚN LO CONTEMPLADO EN LA LEY EN TODA SU EXTENSIÓN, DEL USO QUE HAGA DE SU ENTRADA. TODO POSEEDOR DE UNA ENTRADA INDEMNIZA POR Y RESARCE A LAS AUTORIDADES DE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA DE TODO RECLAMO Y DAÑO SUFRIDOS O RESPONSABILIDAD CAUSADA POR:
a) LA UTILIZACIÓN INCORRECTA DE UNA ENTRADA; O
b) LA UTILIZACIÓN INCORRECTA DE UNA ENTRADA POR UN MENOR (COMPRADA POR EL POSEEDOR DE UNA ENTRADA); O
c) LA UTILIZACIÓN INCORRECTA DE UNA ENTRADA POR UN TERCERO QUE OBTUVO LA ENTRADA DIRECTA O INDIRECTAMENTE DEL POSEEDOR DE UNA ENTRADA; O
d) UNA VIOLACIÓN DE LOS TCG, DEL REGLAMENTO DE VENTA DE ENTRADAS, DEL CÓDIGO DE CONDUCTA Y/O DE OTRAS LEYES O NORMAS PERTINENTES; O
e) CUALQUIER OTRA CONDUCTA PERJUDICIAL EN CONEXIÓN CON LA ENTRADA.
POR TANTO, EL POSEEDOR DE UNA ENTRADA QUE VIOLE CUALQUIER NORMA RELATIVA A LAS ENTRA DAS HABRÁ DE ASUMIR PLENA RESPONSABILIDAD FINANCIERA Y TENDRÁ QUE PAGAR TODO DAÑO CAUSADO, INCLUYENDO LAS COSTAS DEL TRÁMITE JURÍDICO EN QUE PUEDAN INCURRIR LAS AUTORIDADES DE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA AL GESTIONAR O SOLUCIONAR LOS PROBLEMAS OCASIONADOS POR INCUMPLIMIENTO.
9. Datos Personales
Los datos personales que los Poseedores de Entradas proporcionen al Solicitante de Entradas, y que el Solicitante de Entradas ofrece a la FIFA con arreglo al Reglamento de Venta de Entradas y/o la Política de Transferencia de Entradas se usarán, procesarán, almacenarán y transferirán a terceros nombrados por la FIFA (ubicados tanto dentro como fuera de Sudáfrica) para fines relacionados con la venta y asignación de Entradas, con toda medida de seguridad relevante y/o de protección de derechos relativos al Evento, observando en todo momento las leyes vigentes.
10. Circunstancias Imprevistas
10.1 Las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA no asumen responsabilidad, no admiten reclamos ni consienten reembolsos en caso de que resulte necesario anular el Evento o modificar horarios, fechas o lugares de uno o más Partidos por motivos de fuerza mayor, o deba cambiar alguna selección participante en un Partido. Equivalen a circunstancias de “Fuerza Mayor” tormentas, terremotos, inundaciones u otro tipo de calamidad, guerra, invasión, acto hostil perpetrado por un país extranjero, hostilidades (se haya declarado la guerra o no), guerra o conflictos civiles, disturbios, estado de emergencia nacional, peste, acto de terrorismo, sublevación, huelga, cierre patronal u otros conflictos colectivos, actos del gobierno u otras autoridades dominantes, así como cualquier otro evento similar o relacionado que se halle fuera del control de la FIFA o de otra Autoridad de la Copa Mundial de la FIFA y que demore o impida la realización o provoque la anulación, el aplazamiento o la reubicación de uno o más partidos así como de una parte substancial de uno o más partidos.
10.2 La FIFA se reserva el derecho de alterar o corregir horarios, fechas o lugares de los Partidos o cambiar los equipos participantes en un Partido por causas diferentes a circunstancias de fuerza mayor. Si la FIFA modifica el horario o la fecha de un Partido, la Entrada será válida para el Partido reprogramado. Si la FIFA cambia los equipos participantes en un Partido, la Entrada será válida para el Partido con los nuevos equipos. Se implementarán procedimientos de cambio de Entradas hasta donde sea posible en caso de traslado de un partido a otra sede en Sudáfrica.
10.3 La FIFA hará todo lo posible por reembolsar el valor nominal de cada Entrada al Poseedor de la misma en caso de cancelarse un Partido por causas diferentes a circunstancias de fuerza mayor. Ninguna otra circunstancia dará lugar a reembolsos.
10.4 Cuando el Poseedor de una Entrada tenga derecho a un reembolso por el motivo que fuera, no se adeudará ningún interés ni coste derivados de pagos desembolsados relativos a tal reembolso. Ningún reembolso de este tipo excederá el precio abonado a la FIFA por la Entrada. Asimismo, queda excluida toda compensación de costes y gastos adicionales (por ejemplo de viaje o alojamiento). Además, sólo el Poseedor de una Entrada que figure en el Formulario de Solicitud de Entradas podrá pedir cualquier reembolso. En caso de iniciar el trámite de reembolso, el Poseedor de una Entada debe presentar la Entrada en cuestión en el plazo estipulado por la FIFA.
10.5 Por razones de seguridad, ni la FIFA ni sus agentes emitirán duplicados de Entradas ya que los duplicados podrían llevar a que más espectadores ingresen al Estadio de los que el Estadio puede alojar con total seguridad. Ni la FIFA ni sus agentes asumen responsabilidad por Entradas perdidas o dañadas, o por una entrega atrasada atribuible al mal funcionamiento o interrupción de los servicios postales o de mensajería. CUIDE SUS ENTRADAS Y GUÁRDELAS SIEMPRE EN UN SITIO SEGURO.
11. Misceláneas
11.1 Por favor dirija sus consultas relativas a las Entradas a la FIFA a través del FWCTC: PO 4928, Cresta, 2118, Sudáfrica. También encontrará información en el sitio web www.FIFA.com.
11.2 LOS TCG, EL REGLAMENTO DE VENTA DE ENTRADAS Y EL CÓDIGO DE CONDUCTA EN LOS ESTADIOS (A) ESTÁN DISPONIBLES PARA LOS POSEEDORES DE ENTRADAS EN EL SITIO WEB www.FIFA.com; (B) SE PROPORCIONARÁN A QUIEN LO SOLICITE EN LA DIRECCIÓN INDICADA ANTERIORMENTE; (C) SE PROPORCIONARÁN A TODOS LOS SOLICITANTES DE ENTRADAS PARA QUE LOS DISTRIBUYAN A TODOS LOS POSEEDORES DE ENTRADAS QUE RECIBAN ENTRADAS POR SU CONDUCTO; Y (D) SE PUBLICARÁN EN CARTELES EN LAS OFICINAS DE ENTRADAS. ADEMÁS, EN DÍAS DE PARTIDO, SE FIJARÁ EL CÓDIGO DE CONDUCTA A MODO DE ANUNCIO EN LOS ESTADIOS.
11.3 Si alguna autoridad competente declarara inválida una o más cláusulas contenidas en los TCG, el resto de las cláusulas seguirán vigentes, sin repercusión alguna en dichas cláusulas.
11.4 La versión original de estos TCG está redactada en inglés. Existen traducciones disponibles en www.FIFA.com y, previa solicitud, se pueden obtener escribiendo a la dirección de la FIFA indicada en la cláusula 11.1. En caso de discrepancias entre la versión inglesa y las traducciones, se empleará el texto inglés para esclarecer dudas en cuanto a su interpretación o aplicación.
11.5 Algunas cláusulas de estos TCG quedarán reflejadas en formato resumido, ajustándose al limitado espacio que brinda el dorso de las Entradas. En caso de duda acerca del alcance o significado de las cláusulas resumidas en el dorso de la Entrada, rigen las condiciones de estos TCG.
11.6 En aras de la coherencia en la aplicación y de la claridad, estos TCG se rigen por y se interpretan en virtud de las leyes de Sudáfrica.
11.7 Invocando la plena aplicabilidad de la ley vigente en toda su extensión, en caso de disputas relativas a una Entrada, a la interpretación de estos TCG, a la compensación o el reembolso o a la asistencia al Evento, las partes intentarán alcanzar una solución amistosa al contencioso. En caso de que las partes no lleguen una solución amistosa,
a) siempre que sea posible desde el punto de vista legal, el Poseedor de una Entrada se compromete a expedientar cualquier disputa ante el Tribunal Supremo de Sudáfrica, y más concretamente, ante la División Local de Witwaterstrand, o ante su inmediato sucesor;
b) la FIFA y el Poseedor de una Entrada se someten a la jurisdicción de la División Local de Witwatersrand o a su inmediato sucesor.
En el caso de que las Autoridades de la Copa Mundial de la FIFA llevaran un asunto al Tribunal de los Magistrados, el Poseedor una Entrada se somete a la jurisdicción del Tribunal de los Magistrados. La FIFA, sujeta a la ley vigente, se reserva el derecho de incoar cualquier acción legal relativa a estos TCG ante un tribunal local del domicilio o residencia del Poseedor de una Entrada.

